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Certificación a Envasadores de Tequila en el Extranjero
La categoría Tequila puede ser envasado en plantas ajenas a un Productor Autorizado. El envasador únicamente puede filtrar y diluir el Tequila con agua potable, destilada o desmineralizada para obtener el contenido alcohólico comercial del Tequila dentro de los parámetros permitidos en la NOM-006-SCFI-2005. Por lo tanto, no puede madurar ni abocar el producto.
Requisitos:
• Copia simple del Certificado de Aprobación de Envasadores (CAE) emitido por la Dirección general de Normas (DGN)
• Original del convenio de Corresponsabilidad (formato convenio granel) para granel entre el Productor Autorizado y el envasador y copia simple de la autorización del convenio emitida por el IMPI.
• Un juego de etiqueta o proyecto de etiqueta.
Una vez requisitada esta documentación el envasador podrá obtener del CRT el Número de Registro del Padrón de Envasadores en el Organismo de Certificación y estará obligado a reportar en forma trimestral al Organismo Evaluador de la Conformidad del CRT todos los movimientos de entrada y salida de Tequila de sus instalaciones, sus inventarios iniciales y finales del período, así como las mermas de conformidad con el punto 6.5.42 de la NOM-006-SCFI-2005 Bebidas alcohólicas-Tequila Especificaciones.
Los documentos deberán presentarse en las oficinas del CRT ubicadas en Ave. Patria 723, Col. Jardines de Guadalupe CP.45030, Zapopan Jalisco, México
Av Patria No. 723 C.P. 45030,
Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México
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Teléfonos:
Conmutador (0133) 1002-1900
Fax (0133) 1002-1925
Fax (0133) 1002-1926
Email:crt@crt.org.mx
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