organismo de certificación

El Organismo de Certificación del Consejo Regulador del Tequila, A.C. es el único Organismo Evaluador de la Conformidad acreditado para certificar el cumplimiento con la NOM del Tequila, siguiendo el esquema de certificación inicial y un proceso de evaluación de seguimiento conforme al Procedimiento para la evaluación de la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas Tequila-Especificaciones, publicado el 10 de mayo de 2022. Además, está aprobado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, quien reconoce sus resultados.

El Organismo de Certificación es la persona moral acreditada y aprobada que tiene por objeto realizar funciones de certificación, y su constitución es aprobada por las dependencias competentes en los términos establecidos en la Ley de la Infraestructura de la Calidad (LIC).

Elementos de autenticidad en la etiqueta

La Certificación NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones es una Norma Oficial Mexicana que establece las especificaciones y criterios de calidad para la producción de Tequila y fue emitida por la Secretaría de Economía de México. Esta norma regula aspectos como los ingredientes permitidos, los procesos de elaboración, el envasado, el etiquetado, entre otros aspectos relacionados con la producción y comercialización del Tequila. Esta certificación es crucial para que los productores cumplan con los estándares, ofreciendo a los consumidores un producto auténtico, como lo es el Tequila.

Certificación a Productores de Tequila

La Certificación de Cumplimiento con la NOM se otorga al Productor Autorizado, persona física o moral que cuenta con instalaciones ubicadas en el territorio comprendido en la Declaración de la Denominación de Origen y que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Tequila. Esta certificación se encuentra sujeta al cumplimiento de las disposiciones contenidas en las NOM-006-SCFI-2012 – Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones, y demás disposiciones aplicables.

Usuarios:

Prospectos a Productores Autorizados y Productores Autorizados.

Documento a obtener:

Certificado de Cumplimiento con la Norma para Tequila y/o Dictamen Técnico para Tequila 100%.

Vigencia del documento:

1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión).

Tiempo de respuesta:

5 días hábiles

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Dictamen Técnico emitido por el Consejo Regulador del Tequila.
  2. Autorización para el uso de la Denominación de Origen Tequila (DOT) emitido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
  3. Autorización para producir Tequila y/o Tequila 100%, emitida por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía.
  4. Número de Registro del Productor que acompañará la Contraseña Oficial NOM emitido por el Consejo Regulador del Tequila.
  5. Certificado de Cumplimiento con la Norma con vigencia de un año (una vez realizados los requisitos de 1 al 4).

Requisitos adicionales:

  1. Autorización para el uso de la Denominación de Origen Tequila (DOT)
    Consulta la información.
  2. Autorización DGN: Autorización para Producir Tequila y /o Tequila 100%
    Consulta la información.
  3. Contraseña NOM y Número de Registro del Productor Autorizado
    El Número de Registro del Productor Autorizado es una distinción que va acompañado de la contraseña oficial (NOM), que permite al consumidor constatar que los productos o servicios que adquiere han cumplido con los estándares de calidad de las normas oficiales mexicanas logrando tener mayor control de las empresas en el mercado y garantizando la calidad de los productos al consumidor final.

La contraseña se compone de tres partes:

  1. Iniciando con las siglas NOM.
  2. El Número de Registro del Productor Autorizado, compuesto por cuatro dígitos.
  3. Las siglas CRT

Guía de etiquetado comercial

De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones, cada envase de Tequila debe ostentar una etiqueta legible que contenga la información indicada por la norma en idioma español, la cual debe ser veraz y no inducir al error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del Tequila.

 

 Descarga a continuación toda la información para el etiquetado comercial del Tequila en formato PDF

Certificación de Marcas de Tequila

Usuarios:

Productores y Titulares de marca no productores.

Documento a obtener:

Certificación de marcas de Tequila.

Tiempo de respuesta:

5 días.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

Los Productores Autorizados que pretendan comercializar una marca deberán presentar por única vez:

  1. Copia simple del Título de Registro de Marca

Los Titulares de marca que no sean Productores Autorizados y que pretendan comercializar una marca de Tequila en México o en el extranjero deberán presentar por única vez al Organismo de Certificación:

  1. Copia simple del Título de Registro de marca (persona física o moral).
  2. Original del convenio de Corresponsabilidad (formato convenio envasado) para envasado entre el Productor Autorizado y el titular de la marca y copia simple de la autorización del convenio por parte del IMPI.
  3. Un juego de etiqueta o proyecto de etiqueta.
  4. Solicitud de Prestación de Servicios y Obligaciones del Cliente (descargar formato).

Certificación a Envasadores de Tequila en México

La categoría Tequila puede ser envasada en plantas ajenas a un Productor Autorizado, el envasador únicamente puede filtrar y diluir el Tequila con agua potable, destilada o desmineralizada para obtener el contenido alcohólico comercial del Tequila dentro de los parámetros permitidos en la NOM-006-SCFI-2012. Por lo tanto, no puede madurar ni abocar el producto.

Usuarios:

Envasadores de Tequila en México.

Documento a obtener:

Certificación a Envasadores de Tequila en México.

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Copia simple del Certificado de Aprobación de Envasadores (CAE) emitido por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía (descargar anexo).
  2. Original del Convenio de Corresponsabilidad (descargar formato) para granel entre el Productor Autorizado y el envasador y copia simple de la autorización del convenio emitida por el IMPI.
  3. Copia simple del Título de Registro de marca.
  4. Un juego de etiqueta o proyecto de etiqueta.
  5. Solicitud de Prestación de Servicios y Obligaciones del Cliente (descargar solicitud).
  6. Cuestionarios de Dictaminación parte 3 y parte 4 (descargar parte 3 y parte 4).
  7. Copia certificada ante notario del acta constitutiva de la empresa, en la que se especifique el nombre de sus principales directivos y su representante legal.
  8. Copia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  9. Copia de la última declaración anual del pago de impuestos sobre la renta, o alta de Hacienda, si es una empresa nueva.
  10. Copia del documento que acredite la posesión total del inmueble con vigencia de por lo menos un año (escrituras, contrato de arrendamiento o contrato de comodato, escrito del comisariado ejidal, etcétera).

Certificación a Envasadores de Tequila en el Extranjero

La categoría Tequila puede ser envasada en plantas ajenas a un Productor Autorizado. El envasador únicamente puede filtrar y diluir el Tequila con agua potable, destilada o desmineralizada para obtener el contenido alcohólico comercial del Tequila dentro de los parámetros permitidos en la NOM-006-SCFI-2012. Por lo tanto, no puede madurar ni abocar el producto.

Usuarios:

Envasadores de Tequila en el Extranjero.

Documento a obtener:

Certificación a Envasadores de Tequila en el Extranjero.

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Copia simple del Certificado de Aprobación de Envasadores (CAE) emitido por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía (descargar anexo).
  2. Original del Convenio de Corresponsabilidad (descargar formato) para granel entre el Productor Autorizado y el envasador y copia simple de la autorización del convenio emitida por el IMPI.
  3. Un juego de etiqueta o proyecto de etiqueta.

Una vez requisitada esta documentación, el envasador podrá obtener del CRT el Número de Registro del Padrón de Envasadores en el Organismo de Certificación, y estará obligado a reportar en forma trimestral al Organismo Evaluador de la Conformidad del CRT todos los movimientos de entradas y salidas de Tequila de sus instalaciones, sus inventarios iniciales y finales del período, así como las mermas, de conformidad con el apartado 6.5.4.2 de la NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas - Tequila - Especificaciones.

Certificado de Autenticidad para la Exportación de Tequila

Los Certificados de Autenticidad para la Exportación amparan únicamente el lote sujeto a comercializar, por lo que para cada exportación se deberá solicitar un certificado por categoría, clase, graduación alcohólica y marca de Tequila, pudiendo incluir hasta cuatro capacidades diferentes como máximo. La marca deberá estar registrada y, si así fuera el caso, contar con un Convenio de Vinculación y Corresponsabilidad autorizado por el IMPI. De existir una Licencia de Uso o cesión de derechos, se deberán enviar dichos documentos al CRT.

Usuarios:

Comercializadores

Documento a obtener:

Certificado de Autenticidad para la Exportación de Tequila

Vigencia del documento:

Un uso por lote

Tiempo de respuesta:

Dos días hábiles

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Por única y primera vez la persona interesada deberá presentar en las oficinas del CRT la Solicitud de Prestación de Servicios y las Obligaciones del Cliente (descargar solicitudes). Éstas deberán ir firmadas en original, impresas a color y elaboradas ya sea a máquina o en computadora (no a mano).
  2. Mandar un correo para solicitar acceso al Programa de Solicitudes de Exportación, así como la asignación de claves y nombre de usuario (favor de proporcionar su nombre completo). Si ya está próxima su exportación, le recomendamos que en el mismo correo solicite el alta de su cliente importador proporcionándonos el nombre y domicilio tal y como va a aparecer en la factura, con el fin de agilizar el trámite. El correo deberá dirigirlo a exportacion@crt.org.mx. Deberá contar con acceso a internet en la fábrica, la dirección de correo electrónico debe ser preferentemente de la empresa.
  3. La solicitud del Certificado de Autenticidad para la Exportación deberá hacerse vía electrónica a través de la página Extranet donde deberá ingresar con sus claves de acceso:
    1. No. de pedido (Opcional) para identificar el producto
    2. Tipo de venta (envasado o granel).
    3. Cliente.
    4. Domicilio.
    5. Clase de Tequila (blanco, joven, reposado, añejo, extra añejo).
    6. Graduación Alcohólica.
    7. Categoría (Tequila o Tequila 100%).
    8. Sabor (si lo requiere).
    9. Nombre de la marca.
    10. No. de lote(s) (sólo para envasado).
    11. No. de cajas, botellas por caja y capacidad de la botella (sólo para envasado).
    12. Recipiente de transportación (sólo granel).
    13. Cantidad (número de recipientes, sólo granel).
    14. Cantidad de litros (sólo granel).
    15. Aduana de salida.
    16. Términos de Venta.
    17. Domicilio para realizar el muestreo (poner manualmente si requiere que sea otro lado diferente al que aparece) calle, número, municipio y estado.
  4. La aprobación de la solicitud del Certificado de Autenticidad para la Exportación se condiciona al cumplimiento de los siguientes requisitos:
    1. Que el Productor Autorizado cuente con el Certificado de Cumplimiento con la Norma.
    2. Que la marca de Tequila a exportar esté certificada (Certificación a la Comercialización de Marcas de Tequila).
    3. Si la exportación corresponde a una venta a granel en la que el Tequila sea envasado, el envasador deberá contar con el Certificado de Aprobación para Envasadores, y una vez obtenido, deberá ser inscrito ante el Padrón de Envasadores en el CRT (Certificación a Envasadores de Tequila en México y/o en el Extranjero).
  5. Una vez enviada y aprobada la solicitud, el solicitante deberá cargar en el mismo programa de solicitudes electrónicas la factura comercial de venta en formato PDF, la cual deberá de coincidir con los datos proporcionados en la solicitud, además de capturar el número de factura y el importe en dólares que ampare dicha solicitud. Los comercializadores, personas físicas o morales que no son productores ni envasadores, deberán cargar (en formato PDF) adicional a lo anterior, la factura comercial de compra del producto (deberán escanearlas en un solo archivo, tanto la de compra como la de venta). De existir una licencia de uso de marca entre el Titular de la Marca y el comercializador, no se requerirá presentar factura de compra.

Como respuesta a la solicitud de exportación:

  1. La información proporcionada en la solicitud de exportación, será validada por el sistema y se aprobará de forma automática.
  2. Una vez aprobada la solicitud, el inspector designado acudirá al domicilio de muestreo indicado, para la revisión del producto y emitirá un soporte.
  3. El estado que guarda la solicitud podrá ser consultado por el interesado vía internet.
  4. El tiempo de emisión del Certificado estará sujeto al cumplimiento con los requisitos mínimos indispensables y de la disponibilidad del producto en la planta para ser inspeccionado, deberá llamar al Organismo de Certificación en todo caso para confirmar la hora de entrega del o los Certificados.
  5. En caso de que el producto no se encuentre dentro de las instalaciones del Productor Autorizado causará un costo adicional (ver costos en contraloría).
  6. El certificado será entregado en las oficinas del Consejo Regulador del Tequila, ubicadas en Av. Patria no. 723, Col. Jardines de Guadalupe C.P. 45030, Zapopan, Jalisco.

Información adicional para la exportación:

  1. El exportador deberá de estar inscrito en el Padrón Sectorial de Exportadores.
  2. Asesorarse con un Agente Aduanal para tramitar el Pedimento de Exportación.
  3. En el momento del despacho aduanero el exportador, entre otros documentos, deberá presentar ante la autoridad aduanera el Original del pedimento y Certificado de Autenticidad para la Exportación de Tequila.

Certificación NMX-V-049-NORMEX-2004

La Certificación NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas Alcohólicas – Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila – Denominación, Etiquetado y Especificaciones es una normativa mexicana específica relacionada con elaboración, envasado y comercialización de bebidas alcohólicas que contengan Tequila como ingrediente. El objetivo principal de la norma es garantizar que los productos elaborados con Tequila cumplan con los estándares reglamentarios de calidad, brindando seguridad a los consumidores sobre el origen y la autenticidad del Tequila que consumen.

Certificación de Productores de Bebidas Alcohólicas con Tequila

La Certificación de Cumplimiento a productores con la NMX-V-049-NORMEX-2004 en vigor se otorga a la persona física o moral que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila y cuenta con las instalaciones necesarias para dicha producción.

Usuarios:

Productores Autorizados de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila, como: Licor de o al Tequila, Licor con Tequila, Crema de o al Tequila, Crema con Tequila, Cóctel de o al Tequila, Cóctel con Tequila, Bebida Alcohólicas preparada de o al Tequila y Bebida Alcohólica Preparada con Tequila.

Documento a obtener:

Certificado de Conformidad de Producto para cualquiera de las bebidas mencionadas anteriormente.

Vigencia del documento:

1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión).

Tiempo de respuesta:

5 días hábiles.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Dictamen Técnico para bebidas con Tequila según clasificación NMX-V-049-NORMEX-2004.

    Una vez requisitada la documentación antes mencionada el responsable de certificación emitirá el Certificado de Conformidad con la NMX-V-049-NORMEX-2004 según el producto que ampare el Dictamen Técnico.

Dictamen Técnico para Bebidas con Tequila

Los Dictámenes de cumplimiento con la NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas alcohólicas que contienen Tequila – Denominación, Etiquetado y especificaciones en vigor, serán emitidos a solicitud de parte de las personas físicas o morales para obtener la certificación de productos elaborados con o a base de Tequila exclusivamente para la clasificación que establece la mencionada norma.

Usuarios:

Prospectos a Productores de Bebidas Alcohólicas elaboradas con o a base de Tequila.

Documento a obtener:

Dictamen técnico.

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).

Tiempo de respuesta:

Indefinida, depende del tiempo en el proceso de elaboración de un lote hasta que cumpla con la NMX.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

Los interesados en este trámite que sean Productores Autorizados bajo la NOM, deberán de presentar al Organismo de Certificación:

  1. Solicitud de Servicios de Inspección y Certificación MO-RB/02 (descargar solicitud).
  2. Cuestionarios de Dictaminación (descargar formatos).
  3. Copia simple del documento que evidencie la posesión total del inmueble donde se llevarán a cabo las actividades de producción y envasado, con vigencia de por lo menos 1 año.
  4. Copia simple del Registro de Marca. Cuando la marca no sea del productor, deberá cumplir con los requisitos que aplican a la Certificación de Marcas de Bebidas con Tequila.
  5. Juego de etiquetas del producto a certificar.
  6. Documento avalando que las instalaciones son aptas para llevar a cabo dichas actividades, emitido por el municipio, protección civil u otro organismo, según corresponda.
  7. Los interesados en este tramité que no sean Productores Autorizados bajo la NOM, deberán de presentar al Organismo de Certificación adicional a lo anterior:

  8. Solicitud de Prestación de Servicios y Obligaciones del Cliente MA2-FP/01 (descargar solicitud).
  9. Copia certificada del acta constitutiva de la empresa, en la que se especifique el nombre de sus principales directivos y su representante legal, o alta en Hacienda para personas físicas.
  10. Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  11. Copia simple del Convenio de Corresponsabilidad para productos elaborados con o a base de Tequila celebrado con un Productor Autorizado (descargar convenio).
  12. Copia simple de la autorización del convenio de corresponsabilidad por el IMPI.
  13. Certificado de Aprobación de Envasadores emitido por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía.

Certificación de Bebidas Alcohólicas con Tequila

La Certificación de Cumplimiento a productores con la NMX-V-049-NORMEX-2004 en vigor se otorga a la persona física o moral que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila y cuenta con las instalaciones necesarias para dicha producción.

Usuarios:

Productores Autorizados de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila, como: Licor de o al Tequila, Licor con Tequila, Crema de o al Tequila, Crema con Tequila, Cóctel de o al Tequila, Cóctel con Tequila, Bebida Alcohólicas preparada de o al Tequila y Bebida Alcohólica Preparada con Tequila.

Documento a obtener:

Certificado de Conformidad de Producto para cualquiera de las bebidas mencionadas anteriormente.

Vigencia del documento:

1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión).

Tiempo de respuesta:

5 días hábiles.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Dictamen Técnico para bebidas con Tequila según clasificación NMX-V-049-NORMEX-2004.

    Una vez requisitada la documentación antes mencionada el responsable de certificación emitirá el Certificado de Conformidad con la NMX-V-049-NORMEX-2004 según el producto que ampare el Dictamen Técnico.

Certificación de marcas de Bebidas Alcohólicas con Tequila

Las marcas que se pretendan comercializarse al amparo de la NMX-V-049-NORMEX-2004 deberán certificarse para su comercialización

Usuarios:

Productores de Bebidas Alcohólicas elaboradas con o a base de Tequila, Comercializadores y Titulares de marcas.

Documento a obtener:

Ninguno (publicación de la marca certificada).

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).

Tiempo de respuesta:

2 días hábiles.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Copia simple del Registro de marca.
  2. Escrito simple donde solicite la certificación de la marca en cuestión, incluyendo la clasificación de la bebida a envasar.
  3. Cuando se pretenda comercializar una marca al amparo de la NMX-V-049-NORMEX-2004 cuyo titular no sea Productor de Bebidas con Tequila, adicional a lo anterior deberán presentar al Organismo de Certificación:

  4. Convenio de suministro de bebidas envasadas con la NMX-V-049-NORMEX-2004 inscrito ante el IMPI o la Licencia de uso de Marca (descargar convenio).
  5. Solicitud de Prestación de Servicios (formato MAF01) con la información del comercializador y/o Titular de la marca (descargar solicitud).

Guía de etiquetado comercial

De acuerdo a la NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas alcohólicas que contienen Tequila – Denominación, Etiquetado y especificaciones, cada envase de bebida alcohólica con Tequila debe ostentar una etiqueta legible que contenga la información normativa en idioma español, la cual debe ser veraz y no inducir al error al consumidor con respecto a la naturaleza y características de la bebida.

Descarga a continuación toda la información para el etiquetado comercial de las bebidas alcohólicas con Tequila en formato PDF

Certificación de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila

El Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila es un documento oficial expedido por el Consejo Regulador del Tequila (CRT) en México, necesario para exportar productos que contengan Tequila. Este certificado es requerido por las autoridades aduaneras y de importación en los países receptores, para corroborar la autenticidad y calidad de las bebidas alcohólicas con Tequila. El Certificado de Exportación respalda que los productos cumplen con las regulaciones y estándares de fabricación del Tequila, lo que garantiza su autenticidad y calidad, fortaleciendo la confianza y el prestigio del Tequila en los mercados internacionales.

Usuarios:

Productores de Bebidas Alcohólicas elaboradas con tequila como ingrediente, comercializadores y titulares de marcas.

Documento a obtener:

Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila.

Vigencia del documento:

El Certificado ampara únicamente el lote sujeto a comercializar.

Tiempo de respuesta:

2 días hábiles.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Cada certificado de exportación deberá solicitarse por tipo de bebida:
    1. Bebida Alcohólica Preparada de o al Tequila
    2. Bebida Alcohólica Preparada con Tequila
    3. Cóctel de o al Tequila
    4. Cóctel con Tequila
  2. La marca deberá estar registrada y, si así fuera el caso, contar con un Convenio de Vinculación y Corresponsabilidad autorizado por el IMPI. De existir una Licencia de Uso o cesión de derechos, también se deberán enviar dichos documentos al CRT, para su certificación.
  3. Por única y primera vez deberá presentar en las oficinas del CRT la Solicitud de Prestación de Servicios y las Obligaciones del Cliente (descargar formatos) las cuales deberán ir firmadas en original, impresas a color y elaboradas ya sea a máquina o en computadora (no a mano).
  4. El solicitante deberá de enviar un correo a contactoBebidas@crt.org.mx para solicitar acceso al sistema de exportación 049 para la asignación de claves y nombre de usuario (favor de proporcionar su nombre completo). Si ya está próxima su exportación le recomendamos que en el mismo correo solicite el alta de su cliente importador, proporcionando el nombre y domicilio tal y como va a aparecer en la factura, con el fin de agilizar el trámite. Deberá contar con acceso a internet en la fábrica, la dirección de correo electrónico debe ser preferentemente de la empresa.

Solicitud y aprobación

  1. La solicitud de Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila deberá hacerse vía electrónica a través de la página Extranet, donde deberá ingresar con sus claves de acceso.
  2. La información solicitada es información general del exportador e importador y descripción general del producto (tipo de bebida, % Alc.Vol., marca, capacidades, descripción genérica del producto o tipo de bebida, % Alc. Vol., marca, capacidad, número de lote) y aduana de salida.
  3. La aprobación de la solicitud del Certificado de Autenticidad para la Exportación se condicionará a que el producto esté certificado al amparo de la NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila - • Denominación, Etiquetado y Especificaciones.
  4. Una vez enviada y aprobada la solicitud, el solicitante deberá cargar en el mismo programa de solicitudes electrónicas la factura comercial de venta en formato PDF, la cual deberá de coincidir con los datos proporcionados en la solicitud, y capturar el número de factura y el importe en dólares que ampare dicha solicitud.
  5. Los comercializadores personas físicas o morales que no son productores ni envasadores deberán cargar (en formato PDF) adicional a lo anterior, la factura comercial de compra del producto (deberá escanearlas en un solo archivo, tanto la de compra como la de venta).

Como respuesta a la solicitud de exportación:

  1. La información proporcionada en la solicitud de exportación será validada por el sistema y se aprobará de forma automática.
  2. Una vez aprobada la solicitud, el inspector asignado acudirá al domicilio de muestreo indicado, para la revisión del producto y emitirá un soporte.
  3. El estado que guarda la solicitud podrá ser consultado por el interesado vía Extranet.
  4. El tiempo de emisión del certificado estará sujeto al cumplimiento con los requisitos mínimos indispensables y de la disponibilidad del producto en la planta para ser inspeccionado. Deberá llamar al Organismo de Certificación en todo caso para confirmar la hora de entrega del o los Certificados.
  5. En caso de que el producto no se encuentre dentro de las instalaciones del Productor Autorizado causará un costo adicional (ver costos en contraloría).
  6. El certificado será entregado en las oficinas del Consejo Regulador del Tequila, ubicadas en Av. Patria no. 723, Col. Jardines de Guadalupe C.P. 45030 Zapopan, Jalisco

Información adicional para la exportación:

  1. El exportador deberá de estar inscrito en el Padrón Sectorial de Exportadores.
  2. Asesorarse con un Agente Aduanal para tramitar el Pedimento de Exportación.
  3. En el momento del despacho aduanero el exportador, entre otros documentos, deberá presentar ante la autoridad aduanera el Original del pedimento y el Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila.

Certificación a Envasadores de Bebidas Alcohólicas con Tequila en el Extranjero

La persona física o moral que elabore bebidas alcohólicas en el extranjero con Tequila como ingrediente deberá solicitar al Organismo de Certificación, a través del Productor Autorizado, la certificación de sus productos elaborados con o a base de Tequila.

Usuarios:

Productores fuera de México de Bebidas Alcohólicas elaboradas con o a base de Tequila.

Documento a obtener:

Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila.

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).

Tiempo de respuesta:

2 días hábiles.

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908

Requisitos

  1. Copia simple del Convenio de Corresponsabilidad para productos elaborados con o a base de Tequila, celebrado con un Productor Autorizado (descargar convenio).
  2. Copia simple de la autorización del convenio de corresponsabilidad autorizado por el IMPI.
  3. Copia simple del Certificado de Aprobación de Envasadores (CAE) emitido por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía (descargar anexo).
  4. Copia simple del Registro de Marca.
  5. Juego de etiqueta o proyecto de etiqueta del producto a certificar.

Con la documentación antes mencionada, el interesado podrá solicitar el Certificado de Autenticidad para la Exportación de Tequila (CAET), para poder llevar a cabo la elaboración de las bebidas con o a base de Tequila.

Con esta documentación, el envasador podrá obtener además el Número de Registro del Padrón de Envasadores en el Organismo de Certificación y estará obligado a reportar en forma trimestral al Organismo Evaluador de la Conformidad del CRT todos los movimientos de entradas y salidas de Tequila de sus instalaciones, sus inventarios iniciales y finales del período, así como las mermas, de conformidad con el apartado 6.5.4.2 de la NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas - Tequila - Especificaciones.