El Organismo de Certificación del Consejo Regulador del Tequila, A.C. es el único Organismo Evaluador de la Conformidad acreditado para certificar el cumplimiento con la NOM del Tequila, siguiendo el esquema de certificación inicial y un proceso de evaluación de seguimiento conforme al Procedimiento para la evaluación de la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas Tequila-Especificaciones, publicado el 10 de mayo de 2022. Además, está aprobado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, quien reconoce sus resultados.
El Organismo de Certificación es la persona moral acreditada y aprobada que tiene por objeto realizar funciones de certificación, y su constitución es aprobada por las dependencias competentes en los términos establecidos en la Ley de la Infraestructura de la Calidad (LIC).
La Certificación NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones es una Norma Oficial Mexicana que establece las especificaciones y criterios de calidad para la producción de Tequila y fue emitida por la Secretaría de Economía de México. Esta norma regula aspectos como los ingredientes permitidos, los procesos de elaboración, el envasado, el etiquetado, entre otros aspectos relacionados con la producción y comercialización del Tequila. Esta certificación es crucial para que los productores cumplan con los estándares, ofreciendo a los consumidores un producto auténtico, como lo es el Tequila.
La Certificación de Cumplimiento con la NOM se otorga al Productor Autorizado, persona física o moral que cuenta con instalaciones ubicadas en el territorio comprendido en la Declaración de la Denominación de Origen y que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Tequila. Esta certificación se encuentra sujeta al cumplimiento de las disposiciones contenidas en las NOM-006-SCFI-2012 – Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones, y demás disposiciones aplicables.
Prospectos a Productores Autorizados y Productores Autorizados.
Certificado de Cumplimiento con la Norma para Tequila y/o Dictamen Técnico para Tequila 100%.
1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
5 días hábiles
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
La contraseña se compone de tres partes:
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones, cada envase de Tequila debe ostentar una etiqueta legible que contenga la información indicada por la norma en idioma español, la cual debe ser veraz y no inducir al error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del Tequila.
Descarga a continuación toda la información para el etiquetado comercial del Tequila en formato PDF
Productores y Titulares de marca no productores.
Certificación de marcas de Tequila.
5 días.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Los Productores Autorizados que pretendan comercializar una marca deberán presentar por única vez:
Los Titulares de marca que no sean Productores Autorizados y que pretendan comercializar una marca de Tequila en México o en el extranjero deberán presentar por única vez al Organismo de Certificación:
Envasadores de Tequila en México.
Certificación a Envasadores de Tequila en México.
Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Envasadores de Tequila en el Extranjero.
Certificación a Envasadores de Tequila en el Extranjero.
Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Una vez requisitada esta documentación, el envasador podrá obtener del CRT el Número de Registro del Padrón de Envasadores en el Organismo de Certificación, y estará obligado a reportar en forma trimestral al Organismo Evaluador de la Conformidad del CRT todos los movimientos de entradas y salidas de Tequila de sus instalaciones, sus inventarios iniciales y finales del período, así como las mermas, de conformidad con el apartado 6.5.4.2 de la NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas - Tequila - Especificaciones.
Comercializadores
Certificado de Autenticidad para la Exportación de Tequila
Un uso por lote
Dos días hábiles
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
La Certificación NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas Alcohólicas – Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila – Denominación, Etiquetado y Especificaciones es una normativa mexicana específica relacionada con elaboración, envasado y comercialización de bebidas alcohólicas que contengan Tequila como ingrediente. El objetivo principal de la norma es garantizar que los productos elaborados con Tequila cumplan con los estándares reglamentarios de calidad, brindando seguridad a los consumidores sobre el origen y la autenticidad del Tequila que consumen.
La Certificación de Cumplimiento a productores con la NMX-V-049-NORMEX-2004 en vigor se otorga a la persona física o moral que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila y cuenta con las instalaciones necesarias para dicha producción.
Productores Autorizados de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila, como: Licor de o al Tequila, Licor con Tequila, Crema de o al Tequila, Crema con Tequila, Cóctel de o al Tequila, Cóctel con Tequila, Bebida Alcohólicas preparada de o al Tequila y Bebida Alcohólica Preparada con Tequila.
Certificado de Conformidad de Producto para cualquiera de las bebidas mencionadas anteriormente.
1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
5 días hábiles.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Los Dictámenes de cumplimiento con la NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas alcohólicas que contienen Tequila – Denominación, Etiquetado y especificaciones en vigor, serán emitidos a solicitud de parte de las personas físicas o morales para obtener la certificación de productos elaborados con o a base de Tequila exclusivamente para la clasificación que establece la mencionada norma.
Prospectos a Productores de Bebidas Alcohólicas elaboradas con o a base de Tequila.
Dictamen técnico.
Indefinido (mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
Indefinida, depende del tiempo en el proceso de elaboración de un lote hasta que cumpla con la NMX.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Los interesados en este trámite que sean Productores Autorizados bajo la NOM, deberán de presentar al Organismo de Certificación:
Los interesados en este tramité que no sean Productores Autorizados bajo la NOM, deberán de presentar al Organismo de Certificación adicional a lo anterior:
La Certificación de Cumplimiento a productores con la NMX-V-049-NORMEX-2004 en vigor se otorga a la persona física o moral que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila y cuenta con las instalaciones necesarias para dicha producción.
Productores Autorizados de Bebidas Alcohólicas que contienen Tequila, como: Licor de o al Tequila, Licor con Tequila, Crema de o al Tequila, Crema con Tequila, Cóctel de o al Tequila, Cóctel con Tequila, Bebida Alcohólicas preparada de o al Tequila y Bebida Alcohólica Preparada con Tequila.
Certificado de Conformidad de Producto para cualquiera de las bebidas mencionadas anteriormente.
1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
5 días hábiles.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Las marcas que se pretendan comercializarse al amparo de la NMX-V-049-NORMEX-2004 deberán certificarse para su comercialización
Productores de Bebidas Alcohólicas elaboradas con o a base de Tequila, Comercializadores y Titulares de marcas.
Ninguno (publicación de la marca certificada).
Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).
2 días hábiles.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Cuando se pretenda comercializar una marca al amparo de la NMX-V-049-NORMEX-2004 cuyo titular no sea Productor de Bebidas con Tequila, adicional a lo anterior deberán presentar al Organismo de Certificación:
De acuerdo a la NMX-V-049-NORMEX-2004 Bebidas alcohólicas que contienen Tequila – Denominación, Etiquetado y especificaciones, cada envase de bebida alcohólica con Tequila debe ostentar una etiqueta legible que contenga la información normativa en idioma español, la cual debe ser veraz y no inducir al error al consumidor con respecto a la naturaleza y características de la bebida.
Descarga a continuación toda la información para el etiquetado comercial de las bebidas alcohólicas con Tequila en formato PDF
El Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila es un documento oficial expedido por el Consejo Regulador del Tequila (CRT) en México, necesario para exportar productos que contengan Tequila. Este certificado es requerido por las autoridades aduaneras y de importación en los países receptores, para corroborar la autenticidad y calidad de las bebidas alcohólicas con Tequila. El Certificado de Exportación respalda que los productos cumplen con las regulaciones y estándares de fabricación del Tequila, lo que garantiza su autenticidad y calidad, fortaleciendo la confianza y el prestigio del Tequila en los mercados internacionales.
Productores de Bebidas Alcohólicas elaboradas con tequila como ingrediente, comercializadores y titulares de marcas.
Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila.
El Certificado ampara únicamente el lote sujeto a comercializar.
2 días hábiles.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Productores fuera de México de Bebidas Alcohólicas elaboradas con o a base de Tequila.
Certificado de Exportación de Bebidas Alcohólicas con Tequila.
Indefinido (mientras se siga cumpliendo con los supuestos que le dieron origen a su emisión y la marca se encuentre vigente).
2 días hábiles.
Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723, C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.
(33)1002-1900 ext. 1906 y 1908
Con la documentación antes mencionada, el interesado podrá solicitar el Certificado de Autenticidad para la Exportación de Tequila (CAET), para poder llevar a cabo la elaboración de las bebidas con o a base de Tequila.
Con esta documentación, el envasador podrá obtener además el Número de Registro del Padrón de Envasadores en el Organismo de Certificación y estará obligado a reportar en forma trimestral al Organismo Evaluador de la Conformidad del CRT todos los movimientos de entradas y salidas de Tequila de sus instalaciones, sus inventarios iniciales y finales del período, así como las mermas, de conformidad con el apartado 6.5.4.2 de la NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas - Tequila - Especificaciones.