unidad de
inspección

El Consejo Regulador del Tequila está acreditado como Unidad de Inspección para evaluar las normas: NOM-006-SCFI-2012 y NMX-V-049-NORMEX-2004 (Tipo B), NOM-142-SSA1/SCFI-2014 (Apartado 9) (Tipo A), relativas a distintos aspectos de la producción, etiquetado, comercialización y exportación de tequila, así como de las bebidas alcohólicas que contengan como ingrediente el tequila.

Como Unidad de Inspección, el CRT emite dictámenes que son reconocidos por las dependencias competentes, así como por el Organismo de Certificación del propio CRT. Con base en estos dictámenes tanto las autoridades como el Organismo de Certificación pueden actuar en los términos de la ley y conforme a sus respectivas atribuciones.

Guía de etiquetado comercial

De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012 Bebidas alcohólicas – Tequila – Especificaciones, cada envase de Tequila debe ostentar una etiqueta legible que contenga la información indicada por la norma en idioma español, la cual debe ser veraz y no inducir al error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del Tequila.
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Validación de instalaciones

La validación de instalaciones es necesaria para asegurar que las actividades vinculadas al proceso productivo del Tequila en nuevos establecimientos (envasadora, bodega de maduración, bodega de producto terminado y bodega de producto a granel) cumplan con la NOM-006-SCFI-2012 en vigor.

Usuarios:

Productores Autorizados.

Documento a obtener:

Carta de validación de instalaciones.

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723 C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1918 y 1920

Requisitos

  1. Escrito en hoja membretada donde el Productor Autorizado, solicite al Organismo de Certificación lo siguiente:
    1. La validación de las instalaciones, especificado el tipo de instalación.
    2. Domicilio completo, incluyendo colonia y código postal.
    3. Actividades a realizar (bodega de maduración, graneles, producto terminado o planta de envasado).
    4. Fecha estimada para la validación.
    5. Nombre y teléfono de la persona que atenderá al inspector.
  2. Copia simple del documento que acredite la posesión de las instalaciones (contrato de arrendamiento, comodato, escrituras etc.).
  3. En caso de ser una planta de envasado, anexar además los cuestionarios de dictaminación.
  4. Documento avalando que las instalaciones son aptas para llevar a cabo dichas actividades.

Muestreo de agave

El muestreo de agave es un procedimiento crucial para inspeccionar la calidad de agave utilizado en la producción de tequila, valorar la cantidad de azúcares presentes y garantizar que cumple con los estándares de las fábricas receptoras. El muestreo se podrá realizar durante la recolección y transporte del agave hacia la fábrica, asegurando que el agave empleado cumpla con los requisitos exigidos por la normativa para mantener la calidad y autenticidad del Tequila.

Requisitos

Descarga a continuación toda la información para conocer el método para el muestreo de agave

Visitas para Dictamen Técnico

El Dictamen Técnico es el documento que genera la Unidad de Inspección donde se demuestra la capacidad técnica de las instalaciones de un productor de tequila, sobre el cumplimiento de la NOM-006-SCFI-2012. Es donde se emite un juicio técnico sobre el cumplimiento con la NOM en la elaboración de Tequila. Es uno de los requisitos que solicita la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía, para otorgar la autorización para producir Tequila y/o Tequila 100%, y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para el uso de la Denominación de Origen Tequila (DOT). Además, es requisito indispensable para la Certificación como Productor Autorizado. Con la solicitud y la documentación, personal del CRT inspeccionará en las instalaciones del fabricante el cumplimiento de la NOM durante la elaboración de un lote, y validará la información ostentada en el cuestionario de dictaminación. La inspección comprenderá desde el predio de procedencia del agave hasta el producto terminado y analizado, con los resultados favorables de la inspección se emitirá el Dictamen Técnico.

Usuarios:

Prospectos a Productores Autorizados y Productores Autorizados

Documento a obtener:

Dictamen Técnico para Tequila y/o Dictamen Técnico para Tequila 100%

Vigencia del documento:

Indefinido (mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).

Tiempo de respuesta:

El tiempo que la empresa demande para elaborar un lote de Tequila

Lugar donde se realiza este trámite:

Oficinas del Consejo Regulador del Tequila en Av. Patria no. 723 C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.

Horario:

De 8:30 a 18:30 horas, de lunes a viernes.

Para dudas:

(33)1002-1900 ext. 1918 y 1920

Requisitos

  1. Tener la capacidad mínima de producir 200 litros por día referidos a 55% Alc. Vol.
  2. Contar con un horno o autoclave de una capacidad mínima de 2 000 kg para el cocimiento e hidrólisis de los carbohidratos del agave.
  3. Contar con un alambique y un destrozador por lo menos, o bien una columna de destilación.
  4. La Caldera debe estar autorizada y normada por la secretaria del trabajo y previsión social.
  5. Debe contar con una envasadora automática o semi-automática (únicamente para la categoría 100% de agave).
  6. Adicionalmente, las empresas nuevas deberán cumplir con los siguientes requisitos previstos en el manual de inspección del Consejo Regulador del Tequila;
  7. Buenas Prácticas de Fabricación (cuestionario MO-RV/18 parte 4).
  8. Tener un laboratorio equipado con lo necesario para realizar los análisis fisicoquímicos de proceso que establece la norma oficial mexicana NOM- 006-SCFI-2012 (cuestionario MO-RV/18 parte 5).
  9. Contar con procedimientos documentados que garanticen la elaboración de un producto estándar. Por lo tanto, debe definir los requisitos de calidad desde la materia prima incluyendo el cumplimiento normativo, los parámetros a controlar y los registros correspondientes de cada una de las operaciones unitarias para garantizar que dichas condiciones se mantienen consistentemente desde el ingreso del agave hasta la comercialización del Tequila.
    Estos procedimientos también deben incluir el manejo que se da a los materiales de envase, el análisis del producto terminado, la lotificación del mismo para estar en posibilidad de determinar la rastreabilidad del producto; entre otros.
  10. Contar con un responsable con conocimientos y experiencia sobre el proceso de elaboración de Tequila y la normativa aplicable.
  11. Acreditar que se cuenta con el suministro de agave de la especie tequilana weber variedad azul necesario para producir Tequila cosechado dentro del territorio de Denominación de Origen.
  12. Demostrar que el agua de proceso empleada es portable (el CRT puede realizar los análisis del agua).